Un juez en España condenó hace poco a una persona a rectificar su estado de WhatsApp por haber vulnerado el honor de uno de sus exsocios. Molesto porque el negocio entre ambos salió mal, escribió en su perfil de chat: “No te fíes de Javier Gutiérrez”. Según la sentencia, con ese mensaje –disponible en un lugar de “acceso público”– se afectó la reputación de una persona. Por ello, lo obligó a remediar el daño con un nuevo estatus en WhatsApp: “Mediante sentencia de fecha 30-12-2015, J. M. fue condenado por intromisión ilegítima en el honor de Javier Gutiérrez”. Esta noticia retrata los cambios en la sociedad causados por las nuevas tecnologías. Decisiones como esa nos muestran que las redes sociales van camino de convertirse en un sucedáneo de la vida, donde el encuentro físico es sustituido por una presencia virtual. Como bien lo señala la autora del artículo de El País que trae la noticia, lo que está en el trasfondo de la decisión es que el estatus en WhatsApp puede equipararse a ...
Espacio de discusión académica que apela a lo que comúnmente se repite en los pasillos de las escuelas de derecho “el que sólo sabe de derecho, nada sabe de derecho”; será un cenáculo de conversación a veces de noticias de actualidad, música, arte, opiniones diversas entre otros, donde se permita pensar el derecho